Atención Urgente 24 horas
La violencia de género afecta a un gran número de familias en nuestro país. Sólo el año pasado se tramitaron un total de 135.540 denuncias.
Desde Garamago abogados queremos darte toda la información pero si quieres preguntarnos por tu caso en concreto, no dudes en llamarnos al 91 571 60 76 o ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro formulario y uno de nuestros abogados especializados en derecho de familia y violencia de género se pondrá en contacto contigo.
En GARAMAGO somos conscientes de lo delicado de estos casos, por ello contamos entre nuestras filas con un abogado experto en violencia de género, además contamos con un servicio 24 horas para casos de urgencias para nuestros clientes, siendo lo más importante la protección de la persona afectada, pero también asistimos al denunciado.
Nuestros abogados te asesorarán y llegarán a las mejores conclusiones para que puedas seguir tu vida sin tener que preocuparte por nada.
Contáctanos sin compromiso. 24 horas disponibles tanto en el chat de nuestra página web como en los teléfonos de contacto de nuestro despacho para nuestros clientes.
Defendemos a aquellas personas acusadas de cometer un delito de Violencia de Género y/o Malos tratos, es decir, a todas aquellas a las que se les atribuyen unos hechos con responsabilidad en el código penal y que quieran someterse a un juicio justo, además de demostrar su inocencia ante los tribunales de justicia.
Defendemos a las víctimas de haber sufrido un Delito de Malos Tratos o Violencia de Género. Actuamos como acusación particular para defender los derechos de toda persona agredida, lesionada, o perjudicada por parte de otra que le haya lesionado sus derechos.
Nuestra tarea es ayudar en la defensa del resarcimiento del daño, proteger a cualquier persona ofendida, con el fin de colaborar en la condena del culpable y en la búsqueda de una indemnización económica por el mal causado.
Los hechos de violencia doméstica nunca deben silenciarse. Es muy importante denunciarlos desde un primer momento para poder garantizar mayor protección a las víctimas.
Podrá denunciar los hechos a través de:
• Llamada al teléfono 062 (de la Guardia Civil).
• Comunicación verbal ante los agentes que se encuentran prestando servicio.
• Declaración formal, presentándose en las dependencias policiales.
Para este mismo fin, tendrá a su disposición los teléfonos institucionales y autonómicos, como el 112 ó 016, que ofrecen tanto asesoramiento jurídico como apoyo asistencial.
Se considera violencia de género, aquella que se ejerce por los hombres contra las mujeres, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado unidos a ellas por relaciones de análoga afectividad, aun sin convivencia en el momento de producirse los hechos.
Eres víctima de violencia de género cuando seas objeto de actos de violencia física y/o psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.
La violencia física comprende cualquier tipo de violencia que el hombre provoque o pueda producir daños en el cuerpo de la mujer (bofetadas, palizas, golpes, heridas, fracturas, etc.)
La violencia psíquica comprende aquellos actos o conductas que producen desvaloración o sufrimiento en las mujeres (amenazas, humillaciones, exigencia de obediencia, insultos, etc.)
La violencia sexual se produce siempre que se impone a la mujer una relación sexual contra su voluntad.
La violencia de género está definida legalmente en el articulo 1º de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Por esta Ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a sus víctimas.
Denunciar lo antes posible los hechos ante los agentes policiales.
Es recomendable aportar todos los medios de prueba de que se dispongan (parte médico, parte psicológico, nombre de testigos, prendas que portaba en el momento de los hechos).
Es importante que no se cambie de ropa ni se lave, duche o realice cualquier acción que pudiera dificultar la recogida de pruebas.
Tras la comisión de este tipo delictivo, es posible solicitar, en el momento de presentación de la denuncia en las dependencias policiales, la correspondiente orden de protección contra el denunciado.
Con la orden de protección se pretende asegurar de forma cautelar el distanciamiento físico entre la víctima y el agresor.
La orden de protección podrá ser solicitada por:
Puede presentarse en los lugares siguientes:
Se solicitará a través de un modelo normalizado, que existe en todas las dependencias relacionadas en el punto anterior.
La atención por parte de los agentes policiales será personalizada, respetuosa y preferente.
Desde el primer momento se tomarán las medidas para garantizar la dignidad, la integridad física y moral de la víctima. Para ello se le ofrecerá la asistencia médica y psicológica oportuna.
Se protegerá su privacidad, intimidad, divulgación de datos personales y de imágenes. De esta forma en las dependencias policiales se evitará que la mujer objeto de malos tratos comparta espacio físico con su presunto agresor, y en la medida de los posible, se le mantendrá fuera de la presencia de otros comparecientes en dichas dependencias.
Se le informará del procedimiento a seguir y sobre los derechos jurídicos, asistenciales y ayudas a las que puede optar. También se le informará de la existencia de Órganos públicos y privados de protección a la mujer.
Dispondrá, de los profesionales necesarios para el tipo de asistencia que precise, así como, de intérprete, en caso de ser necesario.
Una vez presentada la denuncia, toda victima tiene:
Estos derechos están recogidos en el Real Decreto 738/1997, de 23 de mayo (BOE. núm. 126, de fecha 27-05-97), por el que se aprueba el reglamento de ayudas a las víctimas de delitos violentos y contra la Libertad Sexual.
A los testigos de este tipo de delitos, se les dará la protección establecida en la Ley Orgánica 19/1994, sobre la protección a Testigos y Peritos en Causas Criminales, consistentes en:
Expedientes Tramitados
Procedimientos
Empresas, cooperativas y organizaciones
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Colaboramos con profesionales de todos los campos para asesorar a nuestros clientes con todas las garantías.
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Nos encargamos del seguimiento de su caso de forma individualizada, porque para nosotros, su caso es tan importante como para usted.
Tratamos su caso con la mayor rapidez y transparencia posible, ajustándonos a los plazos e infomando de la situación en cada momento.
Dependiendo del caso y la situación en que se encuentre le propondremos medidas de pago que se adapten a sus necesidades.
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